FONTAR-Financiamiento de proyectos de fortalecimiento de las capacidades para la prestación de Servicios Tecnológicos (FIN SET) |
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Descripción del instrumento |
La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, a través del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR), llama a la presentación de proyectos para fortalecer y desarrollar capacidades para la prestación de servicios tecnológicos orientados a la producción de bienes y servicios, para la adjudicación de Aportes No Reembolsables en el marco del Programa de Innovación Tecnológica III, Préstamo BID 2777/ OC-AR, cofinanciado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). |
Objetivos del plan |
El objetivo del componente es fortalecer y desarrollar capacidades para la prestación de servicios tecnológicos orientados a la producción de bienes y servicios, apoyando la ampliación o modernización de infraestructura, equipos y capacitación de recursos humanos, entre otros. |
Enfoque sectorial u horizontal del instrumento |
Horizontal. |
Condiciones para la utilización del instrumento |
Se financiarán proyectos que propendan a: - Promover la prestación de nuevos servicios tecnológicos y/o mejorar los existentes tendiendo a lograr estándares de calidad para poder contribuir con la innovación y el desarrollo nacional. - Desarrollar nuevas soluciones tecnológicas para la prestación de servicios orientados a aumentar la competitividad del sector productivo basado en el conocimiento científico y/o tecnológico. En términos generales, para ser elegibles, los proyectos para los que se presenta la solicitud deberán: a) Promover la incorporación de recursos humanos con el objeto de fortalecer las capacidades que establezcan mecanismos de gestión del conocimiento dentro de la organización a fin de incrementar la calidad del servicio, principalmente reduciendo los tiempos de prestación; y b) Ajustarse a un plan de inversiones en el que se detallen los activos y demás elementos a incorporarse, las actividades a desarrollar, los aportes al proyecto, por fuente de financiamiento (incluyendo los del solicitante), las fechas de ejecución de las labores comprendidas en el proyecto respectivo. c) Acreditar la demanda potencial del sector involucrado. d) Contar con aporte de capital directo en la constitución de la contraparte del beneficio. |
Beneficiarios |
Podrán ser beneficiarios de los aportes no reembolsables las: - Instituciones Públicas o Privadas sin fines de lucro y/o empresas constituidas legalmente en el territorio argentino, - Que brinden un servicio tecnológico al sector productivo, con énfasis en las PyMEs. Se consideran elegibles las instituciones públicas, privadas sin fines de lucro y/o empresas constituidas legalmente en el territorio argentino, que a criterio de la ANPCyT, hayan evidenciado tener capacidad legal, técnica, administrativa y financiera para realizar actividades destinadas a cumplir con los objetivos descriptos en el componente. Las instituciones públicas deberán poseer aporte fiscal directo. Las Empresas deberán estar radicadas en el territorio nacional y deberán funcionar en un todo de acuerdo a las leyes nacionales que rigen la tipificación de las mismas y de las resoluciones de los organismos de contralor pertinentes. En todos los casos los solicitantes deberán tener regularizada su situación previsional e impositiva. |
Adjudicación/método de selección de los beneficiarios |
Las propuestas contendrán la información necesaria para que su evaluación sea posible a través del análisis de calidad, factibilidad, pertinencia y viabilidad técnica, económica y financiera de las mismas. Las presentaciones deberán ajustarse a los términos definidos en las Bases de la Convocatoria. La evaluación de las solicitudes será realizada por evaluadores del FONTAR o evaluadores externos, pertenecientes a instituciones de ciencia y tecnología, estatales o privadas, dependiendo de la complejidad de la temática. |
Origen de los recursos financieros |
Recursos públicos y de contrapartida por parte de los beneficiarios. |
Modalidad de desembolso de los recursos financieros |
Subsidios (Aportes No Reembolsables) |
Monto |
El monto del financiamiento por proyecto deberá ser por un mínimo del equivalente en pesos de USD 161.307 y un máximo de hasta el equivalente en pesos de USD 483.922. |
Links relevantes |
www.agencia.mincyt.gob.ar/frontend/agencia/instrumento/61 |