FONTAR - Art. 2do del reglamento de beneficios promocionales de la Ley 23.877 (Art. N° 2 - Ley 23.877)

Descripción del instrumento

Créditos para Proyectos de Modernización es un instrumento del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR) que financia proyectos que tengan por objetivo realizar adaptaciones y mejoras relacionadas con la modernización tecnológica.

Objetivos del plan

El objetivo es apoyar los desarrollos tendientes a adecuar tecnologías y a introducir perfeccionamiento de productos y procesos con bajo nivel de riesgo técnico.

Enfoque sectorial u horizontal del instrumento

Horizontal. 

Condiciones para la utilización del instrumento

Las empresas deben cumplir las siguientes condiciones: 

- Que en su último ejercicio hayan facturado un monto inferior a Pesos SETECIENTOS MILLONES ($ 700.000.000).

- En el caso de tener la beneficiaria vinculaciones por participación en el capital social con otras sociedades por un porcentaje mayor al 10%, para la determinación de sus ventas se deberán incluir las ventas proporcionales que le correspondan en cada una de las empresas vinculadas. Se podrá deducir el 50% del valor de las exportaciones efectuadas por la beneficiaria únicamente.

- En el caso de que otras sociedades tengan vinculación por participación en el capital social de la beneficiaria por un porcentaje mayor al 10% se adicionaran las ventas de cada una de las empresas vinculadas siguiendo el siguiente criterio:

a) si el porcentaje es mayor al 50% se adicionara el 100% de las ventas

b) si el porcentaje es del 10% a 50% las ventas de la vinculada se adicionaran en base al porcentaje de participación en la beneficiaria.

Dichas empresas deberán funcionar en un todo de acuerdo a las leyes nacionales que rigen la tipificación de las mismas y de las resoluciones de los organismos de contralor pertinentes. En el caso que los solicitantes fueran más de una empresa, las mismas deberán acreditar documentalmente y con las formalidades legales vigentes, el tipo de asociación entre ellas.

Beneficiarios

Empresas productoras de bienes y servicios constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud del financiamiento y radicadas en el territorio nacional. 

Adjudicación/método de selección de los beneficiarios

Convocatoria pública. 

Origen de los recursos financieros

Recursos de la ANPCyT y de contrapartida por parte de los beneficiarios. 

Modalidad de desembolso de los recursos financieros

Aportes no reembolsables.

Monto

El equivalente en pesos de USD 49.000.

Links relevantes

www.mincyt.gob.ar/financiamiento/art-2-del-reglamento-de-beneficios-promocionales-de-la-ley-23877-4993