Marco legal de México |
---|
Descripción |
El sistema nacional de ciencia y tecnología tiene sus bases jurídicas en la Constitución Política. El Congreso Federal tiene la facultad de legislar en lo relativo a la política científica y tecnológica y está habilitado para crear y organizar establecimientos de ciencia y tecnología y para legislar en lo referente a inversiones extranjeras, transferencia de tecnología y aplicación del conocimiento.Las leyes más importantes en esta materia son: - Ley de Creación del CONACYT (1970): define todas las atribuciones con las que cuenta este organismo. - Ley de Coordinación y Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico (1984): fija procedimientos administrativos y legislativos destinados a promover e instaurar el sistema nacional de ciencia y tecnología. - Ley de Protección a la Propiedad Industrial (1991): está vinculada en forma subsidiaria al terreno de la ciencia y la tecnología. - Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica (1999): establece cuál debe ser el papel del gobierno federal en este ámbito, con el fin de impulsar, fortalecer y desarrollar las actividades de investigación. La ley tiene como objetivos principales establecer instrumentos oficiales de apoyo a la investigación científica y tecnológica, implementar mecanismos de coordinación entre los organismos competentes y regular la administración de los fondos destinados al área. -Ley de Ciencia y Tecnología (2002): establece las bases para el funcionamiento actual del Sistema de Ciencia y Tecnología de México. Sus principales características son, en primer lugar, el establecimiento del Conacyt como cabeza del sector Ciencia y Tecnología, dependiente directo de la Presidencia de la República y en segundo lugar, la posibilidad de establecer fondos sectoriales y mixtos para hacer mayor y más eficiente el gasto canalizado a través de las secretarías de Estado y por parte de los gobiernos de las diferentes entidades federativas. -Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (2002): determina la personalidad jurídica del CONACyT, así como sus instancias de gobierno y sus responsabilidades (ámbito de competencia). -Decreto de Reforma de la Ley de Ciencia y Tecnología (12 de Junio de 2009): Determinan el funcionamiento del sistema mexicano de CTI y establecen las funciones de los actores públicos en CTI- -Ley de Creación del Consejo General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico (6 de agosto de 2002): crea el Consejo General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico y dispone sus reglas de funcionamiento interno. - Ley de Creación del Foro Consultivo Científico y Tecnológico (17 de junio de 2002). - Ley de Presupuesto del CONACYT (4 de octubre de 2002): crea una rama presupuestaria propia del CONACYT. - Ley de Aplicación de Estímulos Fiscales (1 de septiembre de 2008): establecen las reglas generales para la aplicación del estímulo fiscal a los gastos e inversiones en investigación y desarrollo de tecnología. - Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación 2014-2018 (PECiTI) derivado del Objetivo 3.5 del Plan Nacional de Desarrollo (PND) que establece: “Hacer del desarrollo científico, tecnológico y la innovación pilares para el progreso económico y social sostenible.” Los objetivos, estrategias y líneas de acción del PECiTI deberán alinearse con la Meta III –México con Educación de Calidad- y el Objetivo 3.5 del PND. Para conseguir el objetivo mencionado se siguen cinco estrategias: Estrategia 1) Contribuir a que la inversión nacional en investigación científica y desarrollo tecnológico crezca anualmente y alcance un nivel de 1% del PIB. Estrategia 2) Contribuir a la formación y fortalecimiento del capital humano de alto nivel. Estrategia 3) Impulsar el desarrollo de las vocaciones y capacidades científicas, tecnológicas y de innovación locales, para fortalecer el desarrollo regional sustentable e incluyente. Estrategia 4) Contribuir a la transferencia y aprovechamiento del conocimiento, vinculando a las instituciones de educación superior y los centros de investigación con los sectores público, social y privado. Estrategia 5) Contribuir al fortalecimiento de la infraestructura científica y tecnológica del país. - Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2024: El Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación (Peciti) establece las bases estratégicas de una política de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación (HCTI) que contribuya al bienestar social, el cuidado ambiental y la protección de la riqueza biocultural de México, a partir de los principios del humanismo, la equidad y la no discriminación. De tal manera que se garantice para las y los mexicanos el derecho humano a la ciencia y el acceso universal al conocimiento. - Ley General en Materia de HCTI: Desde 2023, la LGHCTI garantiza el derecho humano a la ciencia, fortalece al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) como Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt), no restringe la libertad de investigación y promueve el incremento del financiamiento público de manera progresiva y sin regresiones; asimismo, apoya la pluralidad, existencia y respeto de nuestras culturas milenarias y hace del conocimiento un bien común. |