Marco legal de Perú |
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Descripción |
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El artículo 14º de la Constitución Política establece que "Es deber del Estado promover el desarrollo científico y tecnológico del país". En julio de 2004 fue promulgada la Ley 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en la que se declara a las actividades de CTeI como de "necesidad pública y de preferente interés nacional", enfatizando su "papel fundamental para la producción y desarrollo nacional en sus diferentes niveles de gobierno" (Art. 2°). La Ley Marco, crea el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación tecnológica (SINACYT) y le asigna al CONCYTEC la condición de ente rector del mismo. En septiembre de 2005, fue promulgada la Ley 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en la cual se regula los fines y se adecua al CONCYTEC a las funciones establecidas en la Ley Marco de CTI (Ley 28303) otorgándole una nueva estructura organizativa. En enero de 2006, se aprobó mediante D.S. N° 001-2006-ED el Plan Nacional Estratégico de Ciencia, Tecnología e Innovación para la Competitividad y el Desarrollo Humano 2006-2021, constituyéndose en el primer esfuerzo a nivel nacional por contar con un documento orientador de la política de Estado en Ciencia, Tecnología e Innovación, formulado con la participación de las instituciones públicas, empresas, universidades y comunidad en general. El Plan define metas, objetivos, estrategias y líneas de acción al año 2021, con programas que agrupan funcional y sistemáticamente las demandas de CTeI, además de identificar sectores productivos, sociales y ambientales prioritarios, hacia los cuales deben orientarse los mayores esfuerzos de CTI. La Ejecución del Plan se basa en la coordinación de las instituciones que el CONCYTEC viene promoviendo, tomando como base la ley marco antes citada. En marzo del 2007, mediante D.S. Nº 027-2007-PCM, se establecieron las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional. Así, la política séptima de la citada norma se refiere específicamente a las actividades de ciencia, tecnología e innovación que realiza el Estado. En noviembre del 2007, mediante D.S. Nº 029-2007-ED, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC., que constituye un instrumento importante para mejorar la gestión de la institución. En diciembre del 2007, se aprobó el D. S. Nº 032-2007-ED -TUO de la Ley 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. En setiembre del 2008, mediante D.S. Nº 007-2008-TR, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, Ley MYPE. En el Artículo 24, se le asigna a CONCYTEC la responsabilidad la responsabilidad de promover, articular y operativizar la investigación y la innovación tecnológica entre las universidades, centros de investigación y MYPES. En noviembre del 2002, fue promulgada la Ley 27867 (Ley Orgánica de Gobiernos Regionales), que establece que los gobiernos regionales se rigen por principios de competitividad e innovación, a la vez que les asigna la responsabilidad del diseño de políticas regionales de CTeI (Arts. 8º y 47º). El CONCYTEC viene coordinando con los gobiernos regionales para la creación y puesta en marcha de las instancias regionales de CTeI. Se ha formulado el Plan Nacional de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo Productivo y Social Sostenible 2008-2012. Este documento que establece acciones de mediano plazo se encuentra en su etapa de aprobación vía Decreto Supremo. En abril del 2010, mediante D.S. Nº 048 -2010-PCM se aprobó la categoría de CONCYTEC como organismos técnico especializado. A partir del Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional para el Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CTI de 2016, Perú cuenta por primera vez con una Política Nacional que permitirá contar con un sistema de ciencia, tecnología e innovación tecnológica de nivel internacional, contribuyendo a alcanzar los objetivos del país. El documento establece establece seis objetivos estratégicos: promover la generación y transferencia de conocimiento científico – tecnológico; desarrollar nuevos incentivos que estimulen e incrementen las actividades de CTI; y propiciar la generación de capital humano debidamente calificado. Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación al 2030 (POLCTI)
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